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Pruebas libres para obtener el título de Formación Profesional

La Comunidad de Madrid acaba de publicar la convocatoria de pruebas libres para obtener el título de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior. Es la oportunidad de obtenerlo si no has conseguido mediante la vía normal. Echa un vistazo a los requisitos para poderte presentar a las mismas. Cualquier duda, acude al Departamento de Orientación. El plazo de inscripción es del 25 de enero al 5 de febrero, inclusive.

Toda la INFORMACIÓN de la convocatoria está AQUÍ.

REQUISITOS PARA EL TÍTULO DE TÉCNICO

  1. Tener, al menos, dieciocho años de edad. 
  2. Poseer alguna de las titulaciones o formaciones:
    • Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un título de nivel académico superior.
    • Estar en posesión del Título Profesional Básico.
    • Estar en posesión del Título de Técnico de formación profesional.
    • Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar.
    • Estar en posesión del Título de Bachiller Superior.
    • Haber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.
    • Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por una Administración educativa.
    • Haber superado los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente con un máximo, en conjunto, de dos materias pendientes.
    • Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
    • Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963, o el segundo de comunes experimental.
    • Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
    • Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio o grado superior.
    • Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años.
    • Reunir alguna de las condiciones establecidas para la obtención de títulos de Técnico Superior.
  3. ?Durante el curso académico 2020-2021, el solicitante no podrá estar matriculado en un mismo módulo profesional en las pruebas reguladas por esta orden y a la vez, en las que convoquen otras Administraciones educativas para la obtención de títulos de formación profesional, ni estar matriculado en dicho módulo en cualquiera de las modalidades conducentes a la obtención de estos títulos.

REQUISITOS PARA TÉNICO SUPERIOR

  1. Tener, al menos, veinte años para las de Técnico Superior o, en su caso, diecinueve años para aquellos que estén en posesión del título de Técnico de Formación Profesional.
  2. Poseer alguna de las titulaciones o formaciones:?
    • Estar en posesión del Título de Bachiller determinado en la LOE.
    • Estar en posesión del Título de Bachiller establecido en la LOGSE.
    • Estar en posesión del Título de Bachiller Unificado Polivalente.
    • Estar en posesión del Título de Técnico Especialista, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente a efectos académicos.
    • Estar en posesión del Título de Técnico de formación profesional.
    • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
    • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria o el Preuniversitario.
    • Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
    • Haber superado la prueba de acceso al ciclo formativo de grado superior.
    • Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por una Administración educativa.
    • Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años.
  3. Durante el curso académico 2020-2021, el solicitante no podrá estar matriculado en un mismo módulo profesional en las pruebas reguladas por esta orden y a la vez, en las que convoquen otras Administraciones educativas para la obtención de títulos de Formación Profesional, ni estar matriculado en dicho módulo en cualquiera de las modalidades conducentes a la obtención de estos títulos

ACTUACIONES

Fechas (2021)Actividad
ENERO – FEBRERODel 25 de enero al 5 de febreroPERÍODO DE MATRICULACIÓN.La documentación que se debe aportar es:Solicitud de matriculación (anexo III o IV, según proceda, de la Resolución de 12 de enero de 2021).Original y copia, para su cotejo, del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente que acredite el cumplimiento del requisito de edad en el caso de que el interesado se oponga expresamente a su consulta o cuando dicha consulta no sea posible.Original y copia, para su cotejo, del título o de la certificación oficial que acredite los requisitos alegados para la matriculación. Podrá omitirse la presentación de la documentación acreditativa requerida (certificaciones académicas, títulos…) cuando en el centro examinador conste expediente del alumno en el que se acredite el cumplimiento de dicho requisito.Justificación del pago de los precios públicos establecidos para la matriculación en las pruebas, mediante la copia para la administración del justificante del ingreso (modelo 030).En caso de solicitar traslado de calificaciones, original y copia, para su cotejo, de la certificación académica en la que figuren los estudios aportados.En caso de solicitar medida de adaptación de la prueba por discapacidad o necesidad educativa específica, original y copia, para su cotejo, de la documentación pertinente en cada caso que justifique su petición, en el supuesto de que el interesado se oponga expresamente a su consulta o cuando dicha consulta no sea posible.
FEBRERO18Publicación en tablones de anuncios y páginas web de los centros examinadores de la lista provisional de admitidos con los módulos profesionales en que se encuentran matriculados y lista provisional de excluidos con mención expresa de la causa o causas de exclusión a las pruebas.
23,24 y 25Período de reclamación a las listas de admitidos y excluidos ante la dirección del centro examinador.
MARZO 2Publicación de la lista definitiva admitidos y excluidos en tablones de anuncios y páginas web de los centros examinadores
10Finaliza el plazo para la solicitud de matrícula excepcional según lo establecido en la disposición adicional primera de la Orden 3299/2020, de 15 de diciembre.
ABRIL16Finaliza el plazo para el desistimiento de la solicitud de matrícula en las pruebas
Antes del 23Publicación en el tablón de anuncios y página web de cada centro examinador del calendario en el que se desarrollarán los exámenes que constituyen las pruebas y todos aquellos aspectos que el alumnado deba conocer con antelación.
Antes del 29El director del centro resolverá y notificará las solicitudes de desistimiento de matrícula.
MAYODel 1 al 31 de mayo.Realización de las pruebas.
JUNIO15Publicación en el tablón de anuncios y página web de cada centro examinador de las calificaciones obtenidas en las pruebas.
16 y 17Plazo de presentación de escritos de reclamación a las calificaciones obtenidas en las pruebas dirigido a los Presidentes de las comisiones de evaluación correspondientes o, en su ausencia, al Jefe de Departamento de la familia profesional que ejerza sus funciones.
Antes del 23Resolución de reclamaciones y notificación de las mismas a los interesados.
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Víctor Cuevas

Orientador, maestro, soñador.

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